La ley de lesiones personales que se aplica cuando un propietario causa negligentemente una lesión a alguien en su propiedad y esa persona presenta una demanda se llama comúnmente ley de responsabilidad por locales. Esta guía le ayudará a entender la Ley de Responsabilidad por Locales de Florida. ¿Tiene un caso? Contacte a nuestros abogados de responsabilidad por locales en Tampa hoy.
TIPOS DE CASOS DE RESPONSABILIDAD POR LOCALES
La única calificación para categorizar un caso de lesiones personales como un caso de responsabilidad por locales es que el evento ocurrió en una propiedad. Como resultado, hay una gran variedad de casos de responsabilidad por locales. Los comunes son:
- Accidentes por resbalones y caídas
- Accidentes por tropiezos, caídas y pasos en falso
- Mordeduras de perro
- Seguridad negligente o inadecuada
- Accidentes en ascensores y escaleras mecánicas
- Accidentes en piscinas
- Accidentes en propiedades de arrendadores, inquilinos y alquileres
- Objetos que caen
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RESPONSABILIDADES LEGALES DE LOS PROPIETARIOS O POSEEDORES DE LOCALES
Es un mito común que un propietario de un local es responsable de todas las lesiones que ocurren en su propiedad. Esto simplemente no es cierto. De hecho, la lesión no es suficiente. Incluso tener una condición insegura en la propiedad no es suficiente. En cambio, un propietario solo está obligado a mantener su propiedad en una condición razonablemente segura. Lo que constituye una condición razonablemente segura dependerá de las circunstancias particulares de la persona en la propiedad y de cuán peligrosa sea la condición. Además, la condición insegura debe causar o contribuir sustancialmente a la lesión de una persona.
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POSESIÓN Y CONTROL DE LA PROPIEDAD
El propietario del local no es el único que puede ser responsable por condiciones inseguras que causen lesiones en la propiedad. Los deberes legales de los propietarios también se aplican a cualquiera que tenga posesión o control de la propiedad. En Bovis v. 7-Eleven, el tribunal de Florida sostuvo que si una persona o entidad tiene el derecho de controlar el acceso a la propiedad, entonces es tan responsable como el propietario de mantener el local en una condición razonablemente segura. Por esta razón, más de una persona o entidad puede ser legalmente responsable por los daños causados. Puede leer más sobre este tema en el caso de Metsker v. CareFree.
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INVITADOS, LICENCIADOS Y INTRUSOS
En el caso de Wood v. Camp, la Corte Suprema de Florida decidió que los deberes y responsabilidades de un propietario o controlador de la propiedad para mantener el local razonablemente seguro varían dependiendo de la categoría de la persona lesionada. En Wood, la Corte definió 3 categorías diferentes de personas que entran a una propiedad. Esas categorías son invitado, licenciado e intruso. Si un propietario o poseedor será responsable por una lesión causada por una condición insegura dependerá de qué categoría aplica a la persona lesionada.
INVITADO
Un invitado es alguien que es invitado expresamente o implícitamente al local por el propietario o controlador de la propiedad. Dado que los invitados son invitados a la propiedad, el propietario o controlador tiene la mayor responsabilidad hacia ellos. Los invitados típicos son personas que entran a establecimientos comerciales como tiendas minoristas y supermercados. Los invitados también incluyen a los huéspedes que son invitados a una casa privada o propiedad de alquiler.
En Florida, para responsabilizar legalmente a un propietario o poseedor por daños personales a un invitado, el propietario o poseedor debe violar uno de tres deberes. Según la instrucción del jurado de responsabilidad por locales de Florida 401.20, esos deberes son
- Mantener el local en una condición razonablemente segura;
- Corregir una condición peligrosa que el propietario sabía o debería haber sabido que existía; y
- Advertir sobre una condición peligrosa.
LICENCIADO
Un licenciado es una persona que elige entrar a un local únicamente por su propia conveniencia sin ser invitado expresamente o por implicación. Charterhouse v. Valencia Reserve da múltiples ejemplos de un licenciado. Por ejemplo, un licenciado es una persona que cruza el estacionamiento de un centro comercial tarde en la noche como un atajo cuando el centro comercial está cerrado. Otro ejemplo es una persona que sale de una acera pública al césped de un vecino mientras pasea un perro. En ambos casos, la persona eligió entrar a la propiedad para beneficiarse a sí misma pero no hubo invitación para entrar por parte del propietario y el propietario no sabía que estaban en la propiedad.
Un propietario o controlador de la propiedad tiene tres deberes hacia un licenciado. Según Lukancich v. City of Tampa, esos deberes son:
- Abstenerse de negligencia temeraria o conducta intencional que pueda lesionar a un licenciado;
- Abstenerse de exponer intencionalmente al licenciado al peligro; y
- Advertir a un licenciado de un defecto o condición conocida por el propietario o controlador cuando el peligro no es evidente a la observación ordinaria.
Hay tres diferencias clave entre los deberes del propietario o controlador hacia un invitado versus un licenciado. Primero, no hay deber hacia un licenciado de reparar condiciones inseguras. En cambio, el propietario solo tiene el deber de advertir a los licenciados sobre condiciones peligrosas. Segundo, el deber de advertir a un licenciado solo se activa cuando el propietario o controlador sabe realmente que la condición peligrosa existe. Tercero, el deber de advertir a un licenciado solo existe si la condición no es abierta y obvia.
En resumen, si la condición es abierta y obvia, el licenciado rara vez podrá responsabilizar al propietario o poseedor por su lesión personal. La única circunstancia limitada sería si el propietario o poseedor causó daño intencional, voluntaria o temerariamente.
INTRUSO
La ley de Florida 768.075 regula los deberes de un propietario o poseedor hacia los intrusos. El estatuto divide a los intrusos en dos categorías. La primera categoría es el intruso no descubierto. Básicamente, es alguien que el propietario no sabe que está en la propiedad. Según el estatuto, la única responsabilidad del propietario o poseedor hacia los intrusos no descubiertos en Florida es abstenerse de conducta intencional que cause lesiones. Esto significa que no hay deber de advertir a un intruso no descubierto sobre condiciones peligrosas.
Un intruso descubierto es alguien que el propietario o poseedor detectó que estaba en la propiedad dentro de las 24 horas antes del accidente. Para estas personas, el propietario debe abstenerse de negligencia grave y conducta intencional y advertir sobre condiciones peligrosas conocidas que no sean abiertas y obvias.
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LEY DE RESPONSABILIDAD POR LOCALES QUE SE APLICA A LOS INVITADOS
Florida ha hecho muy difícil tener éxito en la prosecución de un caso de lesiones personales que involucre a un licenciado o un intruso. Pero hay muchas maneras de responsabilizar a un propietario o poseedor por daños a un invitado.
Demostrando que la condición era peligrosa
El primer paso es demostrar que la condición era peligrosa. Hay varias maneras de demostrar que una condición en el local es peligrosa. La primera es mostrar que la condición específica en la propiedad ha causado lesiones en el pasado. La mayoría de las veces no hay tal evidencia porque nadie ha denunciado haber sido lesionado o la condición simplemente no ha causado lesiones a alguien en el pasado. Afortunadamente, los tribunales de Florida han reconocido otras maneras de mostrar que la condición en la propiedad era peligrosa.
Previsibilidad
La principal manera de mostrar que un propietario o controlador debería haber sabido que una condición era peligrosa es presentar evidencia de que era previsible que la condición podría haber lesionado a alguien. Como dijo la Corte Suprema de Florida en McCain v Florida Power, cuando un propietario crea una zona de riesgo previsible, la ley requerirá que el propietario elimine el riesgo, reduzca el riesgo o tome precauciones para proteger a otros del daño que el riesgo representa. Además, como dijo el tribunal en Paterson v Deeb, el hecho de que un tipo particular de accidente no haya ocurrido aún no significa que la entidad en posesión de la propiedad no pudiera anticiparlo. Por lo tanto, la ausencia de lesiones previas no exime a un acusado de la responsabilidad por las consecuencias previsibles de sus actos.
La condición ocurrió con regularidad
Otra manera de mostrar que era previsible que una condición pudiera causar lesiones es mostrar que la condición ocurrió con regularidad. A veces, mostrar que una condición ocurre con regularidad en propiedades similares en todo el país puede demostrar que la condición es peligrosa. A veces, mostrar que la condición ocurrió con regularidad en el local donde ocurrió la lesión puede demostrar que la condición era peligrosa.
Normas de la industria
La última manera de mostrar que era previsible que una condición pudiera causar lesiones es demostrar que existen normas de la industria para proteger a los consumidores contra el peligro particular que ocurrió en la propiedad y que el propietario o poseedor no adoptó esas normas. El hecho de que otros en la industria consideren una condición peligrosa pone al propietario en aviso constructivo de que la condición era peligrosa.
El peligro abierto y obvio elimina el deber de advertir
Como señaló el tribunal en Fenster v. Publix Supermarkets, cuando un peligro es abierto y obvio para un invitado, el deber de advertir sobre la condición peligrosa ya no existe. Los tribunales creen que no hay razón para advertir a alguien si la persona debería haber podido ver el peligro. Pero el peligro abierto y obvio no elimina el deber del propietario o controlador de mantener el local en una condición razonablemente segura. Esto significa que el propietario o controlador aún debe corregir condiciones abiertas y obvias que sabía o debería haber sabido que existían.
Un ejemplo de esto ocurre cuando hay un bache en un estacionamiento. El bache es abierto y obvio incluso si el invitado en la propiedad no lo ve y pisa en él. Por lo tanto, el propietario no tiene que advertir a los invitados que el bache existe. Pero, como señaló el tribunal en Turner v. Winn-Dixie, un bache que ha estado ahí por algún tiempo es una condición peligrosa que el propietario o controlador sabía o debería haber sabido que existía. Por lo tanto, el propietario o controlador sigue siendo responsable por las lesiones causadas al pisar el bache porque no lo reparó.
Negligencia comparativa
El hecho de que un propietario o poseedor tenga el deber de reparar condiciones peligrosas no elimina la responsabilidad del invitado de estar consciente de su entorno. En cambio, la ley requiere que un jurado compare cualquier posible negligencia del propietario o poseedor con la posible negligencia del invitado lesionado y asigne un porcentaje de responsabilidad a cada uno. Por supuesto, un jurado podría decidir que el invitado no fue negligente en absoluto. Pero si el jurado asigna un porcentaje de responsabilidad al invitado, el juez reducirá la cantidad de daños otorgados en el veredicto por el porcentaje de culpa del invitado.
Por ejemplo, en Burton v. MDC PGA Plaza Corp, el tribunal concluyó que el hecho de que una condición peligrosa sea abierta y obvia no elimina la posible responsabilidad del propietario por permitir negligentemente que la condición peligrosa exista. En cambio, es relevante para determinar si el invitado en la propiedad fue negligente comparativamente.
PLAZO DE PRESCRIPCIÓN PARA CASOS DE RESPONSABILIDAD POR LOCALES
Todo tipo de caso de lesiones personales debe presentarse dentro de un cierto período de tiempo o el caso queda permanentemente cerrado. Esto se llama plazo de prescripción. En Florida, el plazo de prescripción está regulado por la Ley de Florida 95.11. Según esta ley, todos los casos de responsabilidad por locales que involucren lesiones personales en Florida deben presentarse dentro de los 2 años desde la fecha de la lesión.
PRUEBAS QUE RECOLECTAR EN LA ESCENA
Lo primero que debe hacer si resulta lesionado en la propiedad de otra persona es asegurarse de que sus lesiones sean tratadas. Pero es importante notar que la escena de la lesión contiene pruebas cruciales que se destruirán si no se recolectan en el momento de la lesión. Por lo tanto, si es posible, usted o alguien que conozca debe recolectar la siguiente evidencia si es posible:
- Fotos de la propiedad de cerca y de lejos;
- Fotos de las condiciones peligrosas de cerca y de lejos;
- Fotos que muestren las condiciones de iluminación al momento de la lesión;
- Nombres e información de contacto de todos los testigos del evento;
- Nombres de todos los empleados en la escena;
- Completar un informe de incidente y obtener una copia; y
- Fotos que documenten cualquier lesión que pueda tener.
¿DEBERÍA CONTRATAR A UN ABOGADO DE RESPONSABILIDAD POR LOCALES?
Si resultó lesionado en la propiedad de otra persona, debe contactar a un abogado de responsabilidad por locales en Tampa para saber si el propietario es responsable por sus daños. Si resultó lesionado en cualquier ciudad de Florida, Distasio Law Firm está aquí para ayudar. Llame ahora.
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